lunes, 17 de junio de 2013

Informe  sobre la charla ofrecida por el Licenciado  Braulio Rivera, sobre la Cooperativa de Maestros y la Asociación Dominicana de Profesores (ADP).

Asociación Dominicana de Profesores (ADP).

En la República Dominica existe un solo gremio de maestros llamado Asociación Dominicana de Profesión (ADP) a diferencia de los otros países de Latinoamérica, que cuentan con varios gremios.
La Asociación Dominicana de Profesores fue fundada en el año 1970, en beneficio de los maestros, como forma de dar apoyo a este gremio en cualquier dificultad o problema que se presente tanto de manera individual como colectiva.
Esta institución está organizada de arriba hacia abajo, empezando por el Comité Ejecutivo a la cabeza  que cuenta con 21 miembros y en cada provincia cuenta con un presidente representativo en el caso de la provincia de San Pedro de Macorís la presidenta del ADP es Cruz María Santana.
EL maestro  forma parte del ADP desde que es integrado al sistema educativo y cubra su primer sueldo. Todos los meses se hace un descuento al sueldo del maestro del 1% que se utiliza para cubrir las necesidades que presenta la organización.

Cooperativa de maestros.

La Cooperativa de maestros fue fundada el 6 de marzo del año 1971, un año después de haberse fundado la ADP, con la visión y planificación del Dr. Octavio Ramírez que es el padre fundador de la Cooperativa de Maestros.
La Cooperativa comenzó a funcionar con la cantidad de 1300 pesos, que se recogían por las escuelas, hoy la Cooperativa es una gran institución con 15 oficinas regionales en todo el país, con una nomina mensual que redondea los 1600 millones de pesos, otorgando prestamos que llegan aproximadamente a los 800 y 900 millones de pesos mensuales.
Después que un maestro es nombrado no entra automáticamente a la cooperativa como pasa con la ADP, sino que el maestro tiene que hacerse presente en la institución y  llenar un formulario, puede inicial ahorrando como mínimo el 2% de su sueldo en aportaciones y 5% en ingresos, a los tres meses de usted estar ahorrando cuenta con todos los servicios que  la Cooperativa ofrece.
En la Cooperativa existen varios tipos de préstamos entre lo que está él:

El préstamo gerencial que es el préstamo que usted puede coger prestada la misma cantidad de dinero que  tiene ahorrado y todos los meses de su sueldo se le va descontando una cantidad acordada, pero sus ahorros no son tocados por la Cooperativa. 

miércoles, 5 de junio de 2013


Ordenanza 3-2012.



La Orden Departamental No. 03-2012, que reglamenta el Sistema de Concurso de Oposición para seleccionar Directores/as y Sub-Directores/as de los Niveles Básico y Medio, Orientadores/as y Maestras/os de Educación Inicial, Básica y Educación Física de los 
Centros Educativos públicos en el año 2012.

Un concurso de oposición es un procedimiento  selectivo en el que varias personas participan para ocupar un cargo. 



De acuerdo al artículo 3 el concurso se efectuará siempre y cuando haya una plaza, este se publicará a través de boletines, afiches o prensa radial. 

El artículo 5 plantea que el distrito educativo está obligado a recibir los documentos de los concursantes.



Especificaciones para el concurso

 a) Nombre y ubicación de los centros educativos donde esté el cargo a cubrir.
  
 b) Dirección Regional y Distrito Educativo a la que pertenezcan dichos
  centros.

c) Descripción del cargo a cubrir según el Perfil de Desempeño Docente.

d) Requisitos establecidos para optar por el cargo a cubrir.

e) Documentos a depositar por el concursante.

f) Dirección de la oficina en la que deberán depositarse los expedientes
de solicitud de participación en el concurso.

g) Lugar, fecha y hora de la realización del concurso.


Requisitos para participar en el concurso

a) “Ser profesional de la educación, graduado de las universidades, institutos y entidades superiores de educación o de áreas afines al cargo a desempeñar, previa la observación del requisito de con-validación”.

b) “Ser graduado de instituciones de educación superior en los casos especificados en la citada ley”.

c) “Reunir las cualidades morales, éticas, actitudinales, intelectuales y
afectivas necesarias, así como los conocimientos y competencias
requeridas para el ejercicio de la función específica a desempeñar”.

Según el artículo 8 los concursantes deben entregar los siguientes documentos:

§  1)      Acta de nacimiento certificada.

§  2)      Resumen de currículo vitae.

§  3)      Copia de título de estudios, legalizado por el Ministro de Educación Superior.

§  4)      Copias de libros o artículos publicados, si lo realizado.

§  5)      Fotocopia de la cedula electoral.

§  6)      Certificado médico con vigencia de un mes
.
§  7)      Dos fotos 2×2.

 Para optar por el cargo de director o subdirector el concursante debe tener un mínimo de cinco (5) años en servicio. El artículo 23 plantea que la prueba oral (Entrevista Personal) será aplicada en la comisión calificadora de concursos. Los miembros de las comisiones calificadoras  deben ser capacitados antes del concurso.

De acuerdo al artículo 27 para los directores y subdirectores el perfil profesional equivale a 25 puntos, la prueba escrita 40 puntos, el estudio de caso 20 puntos y la entrevista personal 15 puntos.

Para los orientadores y docentes el perfil profesional equivale a 15 puntos, la prueba escrita 25 puntos, practica escrita 25 puntos y la entrevista 15 puntos. Haciendo un total de 100 puntos.


Según el artículo 36 la entrevista personal valora las competencias comunicativas, de gestión, actitud y compromiso. El artículo 38 plantea que la ausencia de un concursante en las evaluaciones psicológicas escrita u oral, determinará su exclusión del concurso.

Por último el artículo 44 plantea que los aspirantes a ocupar los cargos vacantes solo serán aceptados los que tengan una calificación mínima de 70 puntos de una máxima de 100 puntos.



http://www.see.gob.do/Documents/Concurso%20docente/ORDEN%20DEPARTAMENTAL%2003-2012.pdf